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Impuestos

Novedades Impositivas - 08/06/2021

junio 2021


Resolución General (AFIP) 5006 – Prórroga de la presentación y pago de Ganancias, Bienes Personales e Impuesto cedular 2020.

Se prorroga la presentación y el pago de las declaraciones juradas de los impuestos a las ganancias, sobre los bienes personales y cedular correspondientes al año 2020.

Las nuevas fechas de vencimiento para la presentación son las siguientes:

- CUIT terminado en 0, 1, 2 y 3: 23/7/2021

- CUIT terminado en 4, 5 y 6: 26/7/2021

- CUIT terminado en 7, 8 y 9: 27/7/2021

El pago de los saldos resultantes vencerá el día hábil siguiente al de la presentación de la declaración jurada, es decir, los días 26, 27 y 28/7/2021, según la terminación del CUIT.

Ley (Ciudad de Bs. As.) 6418- Exención en Ingresos Brutos para la actividad gastronómica.

Se exime del pago del Impuesto sobre los Ingresos Brutos de los periodos comprendidos entre mayo y julio del 2021, inclusive, a los contribuyentes o responsables que desarrollen las siguientes actividades gastronómicas:

* Servicios de restaurantes y cantinas sin espectáculo (Código 561011);

* Servicios de restaurantes y cantinas con espectáculo (Código 561012);

* Servicios de “fast food” y locales de venta de comidas y bebidas al paso (Código 561013);

* Servicio de expendio de bebidas en bares (Código 561014);

* Servicio de expendio de comidas y bebidas en establecimientos con servicio de mesa y/o en mostrador n.c.p (Código 561019);

* Servicio de expendio de helados (Código 561030).

Este beneficio no exime a los beneficiarios de la obligación de presentar las declaraciones juradas ni del cumplimiento de sus deberes formales. 

Decreto (Córdoba) 523/2021- Fecha de aplicación de los parámetros y nuevos importes del Monotributo.

Se establece, en forma excepcional, que el incremento de la actualización de los importes del impuesto integrado de cada categoría del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS) Monotributo, resultarán de aplicación para los importes fijos mensuales correspondientes al régimen simplificado del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, a partir del 1° de junio de 2021.

Se establece, también, que a los fines del régimen simplificado del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, la actualización de los valores de los parámetros de ingresos brutos anuales y alquileres devengados correspondiente a cada categoría del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS) Monotributo, rigen a partir de 1 de enero de 2021 y los efectos provenientes de la categorización efectuada -por única vez- resultarán de aplicación a partir de 1 de febrero de 2021.

DECRETO (E. Ríos) 1140/2021 - Medidas de alivio fiscal.

Se disponen medidas de alivio fiscal, para las ciertas actividades relacionadas con el transporte de pasajeros, bares y restaurantes, cultura, deportes y esparcimiento, entre las que se destacan:

- Se condonan multas e intereses por incumplimiento o cumplimiento fuera de término cuyos vencimientos operaron entre el 1 de febrero y el 31 de mayo de 2021, en tanto se ingresen hasta el 31 de diciembre de 2021 del impuesto sobre los ingresos brutos -régimen simplificado, régimen general y aquellos de Convenio Multilateral con sede en la Provincia-.

- Se difiere hasta el 31 de diciembre de 2021 los vencimientos de pago del impuesto sobre los ingresos brutos de los períodos que se devenguen en los meses de mayo a julio de 2021 correspondientes al régimen simplificado, régimen general y aquellos de Convenio Multilateral con sede en la Provincia.

-Se prorroga desde el 1 de abril y hasta el 31 de agosto de 2021 los beneficios impositivos para el sector turismo, en situación crítica a raíz de la emergencia sanitaria.

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