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Impuestos

Novedades Impositivas – 15/01/2021

enero 2021


Ley 27608 – Acuerdo entre la República Argentina y el Estado de Qatar.

Por medio de la presente ley que fue publicada en el día de la fecha en el boletín oficial se aprueba el acuerdo entre la República Argentina y el Estado de Qatar para evitar la doble imposición internacional y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio.

Señalamos que el presente Acuerdo fue convertido en ley por el Congreso de la Nación el 29 de diciembre de 2020.


Ley (La Rioja) 10337 – Adhesión al Consenso Fiscal 2020.

La provincia de La Rioja aprueba el consenso fiscal 2020, acuerdo suscripto el 04 de diciembre de 2020 entre el Poder Ejecutivo Nacional y los representantes de las Provincias.


Ley (T. del Fuego) 1334 – Prórroga de la emergencia económica, fiscal, financiera y social.

A través de la ley de referencia, se prorroga hasta el 31 de diciembre de 2021 la Emergencia Económica, Fiscal, Financiera y Social en el ámbito de la Provincia de Tierra del Fuego declarada mediante la “Ley Provincial 1312”, con excepción de lo dispuesto en los artículos 11 a 17 de dicha norma.


Resolución General (AREF T. del Fuego) 793/2020 – Calendario impositivo para el período fiscal 2021.

Mediante la resolución general de referencia la agencia de recaudación fueguina establece para el ejercicio fiscal 2021 las fechas de vencimiento para la presentación y/o pago de las declaraciones juradas mensuales del Impuesto sobre los Ingresos Brutos correspondiente a contribuyentes Locales del Régimen General.

Asimismo, se fija el 30 de abril de 2021 como fecha de vencimiento para la presentación de las declaraciones juradas anuales 2020 de los citados contribuyentes.

Además, se confirma para el período fiscal 2021, las fechas de vencimiento para la presentación y/o pago de las declaraciones juradas el Impuesto sobre los Ingresos Brutos correspondiente a contribuyentes comprendidos en el Convenio Multilateral de acuerdo a lo establecido en el artículo 1° de la Resolución General C.A. N° 18/20.


Decreto (Tucumán) 20-3/2021 – Incremento alícuota de ingresos brutos para los servicios financieros e intermediación financiera.

En virtud de la reciente adhesión de la provincia al consenso fiscal 2020, se incrementan, a partir del período fiscal 2021, del 7% al 9% las alícuotas del impuesto sobre los ingresos brutos aplicables a determinadas actividades de servicios de intermediación y servicios financieros que fueron detalladas taxativamente en el anexo del presente decreto.

Asimismo, se establece la alícuota del cero por ciento (0%) en el Impuesto sobre los ingresos brutos para los rendimientos obtenidos por las entidades financieras comprendidas en la Ley Nacional N° 21526 provenientes de operaciones con títulos, bonos, letras, certificados de participación emitidos y que se emitan en el futuro por el Banco Central de la República Argentina, así como para los rendimientos provenientes de operaciones de pases entre dichas entidades financieras y el referido Banco Central.

 

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