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Impuestos

Novedades Impositivas – 16/03/2021

marzo 2021


Resolución General (AFIP) 4947 – Prórroga de obligaciones impositivas y de Seguridad Social para los contribuyentes afectados por los incendios en el sur del país.

A través de la presente Resolución, la Administración Federal de Ingresos Públicos, prorroga el vencimiento para la presentación y/o pago de los saldos resultantes de las Declaraciones Juradas y anticipos de los impuestos a las Ganancias, sobre los Bienes Personales, al Valor Agregado, del fondo para la educación y promoción cooperativa, a cargo de los contribuyentes que desarrollen su actividad principal en las localidades, departamentos, distritos o parajes indicados en el micrositio de AFIP denominado “Emergencia – Incendios Forestales”.

También se encuentran alcanzados por esta prórroga las obligaciones correspondientes a las contribuciones de la Seguridad Social, al régimen previsional de autónomos y al régimen simplificado para Pequeños Contribuyentes (Monotributo).

Quedan excluidas de esta prórroga las cuotas de los planes de facilidades de pago vigentes y las retenciones y/o percepciones impositivas y de los recursos de la seguridad social.

Se establece el siguiente cronograma de reprogramación de vencimientos:

Obligaciones Vencidas Nueva fecha de vencimiento
Del 1 al 31 de Marzo    21 de Julio de 2021
Del 1 al 30 de Abril      23 de Agosto de 2021
Del 1 al 31 de Mayo     21 de Septiembre de 2021
Del 1 al 30 de Junio     21 de Octubre de 2021

Asimismo, también se suspenden hasta el 21 de Julio de 2021, las intimaciones por falta de presentación de Declaraciones Juradas y/o pago de obligaciones, y la iniciación de los juicios de ejecución fiscal y la traba de medidas cautelares, para los contribuyentes expuestos en el primer párrafo.

Resolución (DGR Catamarca) 7/2021 – Conceptos excluidos del régimen del Impuesto sobre los Ingresos Brutos sobre acreditaciones bancarias.

La Dirección General de Rentas de Catamarca, excluye de dicho régimen a los importes tanto en concepto de acreditaciones que se produzcan en cuentas abiertas en dólares estadounidenses, como así también a los de subsidios, planes, asignaciones, becas, tarjetas alimentarias y cualquier otro tipo de beneficio social.  

Decreto (Santa Fe) 292/2021 – Eximición del pago del importe mínimo del Impuesto sobre los Ingresos Brutos a contribuyentes directos para los períodos 1, 2 y 3 del 2021.

Se exime de pagar el importe mínimo mensual por actividad en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos a contribuyentes Directos para los anticipos 1, 2 y 3 del 2021.

Asimismo, se exime de pagar el importe mensual de los contribuyentes que corresponden al Régimen Simplificado del Impuesto sobre los Ingresos Brutos para los períodos 1, 2 y 3 del 2021, en un 100% a los incluidos en las categorías A y B, y en un 50% a los incluidos en las categorías C, D, E, F y G. 


 

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