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Impuestos

Novedades Impositivas – 19/08/2020

agosto 2020


Gacetilla de prensa AFIP – Extensión del plazo para tramitar los Créditos a Tasa Subsidiada.

La Administración Federal de Ingresos Públicos ha comunicado a través de gacetilla de prensa la extensión del plazo para que las empresas tramiten el Crédito a Tasa Subsidiada, hasta el viernes 21 de agosto, inclusive. El financiamiento para el pago de los salarios de julio estará disponible para empleadores inscriptos en el Programa de ATP que registraron en junio una variación nominal positiva en su facturación de entre 0% y 30% en relación con el mismo mes del año pasado.

Gacetilla de prensa AFIP – Prórroga Feria Fiscal.

La Administración Federal de Ingresos Públicos prorroga la feria fiscal hasta el 30 de agosto, inclusive. Durante la vigencia de las medidas de aislamiento y distanciamiento social, preventivo y obligatorio se mantendrá la suspensión del cómputo de los plazos vigentes para las determinaciones de oficio, sumarios, multas, descargos, clausuras, intimaciones de pago y requerimientos de fiscalización, entre otros procedimientos administrativos. Los procedimientos de fiscalización que realiza la AFIP en función de la información proporcionada por la OCDE sobre cuentas de argentinos en el exterior, no se verán alcanzados por la mencionada prórroga.

Resolución (Sec.Energía) 323/2020 – Impuesto sobre los combustibles líquidos y al dióxido de carbono. Reglamentación del “Régimen de operadores de hidrocarburos beneficiados por destino industrial”.

En el día de la fecha (19/08/2020) fue publicada en el Boletín Oficial la Resolución General de referencia mediante la cual se reglamenta el “Régimen de Operadores de Hidrocarburos Beneficiados por Destino Industrial”, a fin de dar cumplimiento por lo dispuesto en el artículo 2 de la Resolución General (AFIP) Nº 4.311 de fecha 21/09/2018.

Resolución General (AFIP) 4793 /2020 – Impuesto a las Ganancias. Nueva versión del aplicativo “Ganancias Personas Jurídicas”.

A través de la resolución publicada en el día de la fecha, la AFIP dispuso la utilización de la nueva versión del aplicativo denominado “GANANCIAS PERSONAS JURÍDICAS - Versión 18.0”, la cual resultará de aplicación para las declaraciones juradas –originales o rectificativas- que se presenten a partir de la fecha de su publicación en el Boletín Oficial.

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