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Impuestos

Novedades Impositivas - 25/01/2022

enero 2022


Resolución Normativa (Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires) 2/2022 - Impuesto sobre los Ingresos Brutos. Modificación de los parámetros para inscribirse como agente de retención y/o percepción.

Mediante la presente resolución normativa, se incrementan los montos de facturación respecto de los cuales los sujetos quedan obligados a actuar como agentes de recaudación del Impuesto sobre los Ingresos Brutos en la provincia, a saber:

a) Como agentes de retención y percepción los contribuyentes que hubieran obtenido en el año calendario inmediato anterior ingresos brutos operativos (gravados, no gravados y/o exentos) superiores a $250.000.000, considerando los ingresos provenientes de todas sus actividades y en todas las jurisdicciones. 

b) Para el caso de contribuyentes que realizan como actividad principal el expendio al público de combustibles líquidos derivados del petróleo, el importe mencionado en el inciso anterior se incrementa a $375.000.000.

c) Como agentes de percepción los contribuyentes que desarrollen alguna de las actividades de comercio al por mayor establecidas en el inciso c) del artículo 1 de la presente y que hubieran obtenido en el año calendario inmediato anterior ingresos operativos (gravados, no gravados y/o exentos) por un importe superior a $125.000.000.

La presente resolución normativa comenzará a regir a partir del 31 de enero de 2022, inclusive.

Resolución General (Dirección Provincial Rentas Jujuy) 1610/2022 – Impuesto sobre los Ingresos Brutos. Aprobación del nomenclador de actividades. Alícuotas.

La Dirección Provincial de Rentas de Jujuy aprueba el nomenclador de actividades económicas del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, con sus alícuotas correspondientes, que deberán ser aplicadas para la determinación y liquidación del impuesto a partir del período fiscal 2022.

Resolución General (Dirección Provincial Rentas Jujuy) 1608/2022 – Régimen de recaudación sobre acreditaciones bancarias para contribuyentes de Convenio Multilateral – SIRCREB -. Modificación de alícuotas.

A través de la resolución general de referencia, se modifican las alícuotas que deberán aplicarse, a los contribuyentes comprendidos en el régimen de Convenio Multilateral del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, para la recaudación sobre acreditaciones bancarias.

Asimismo, quedan excluidas del régimen las acreditaciones efectuadas como consecuencia de la devolución de impuestos ordenadas por las jurisdicciones provinciales y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

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