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Impuestos

Novedades Impositivas - 26/05/2021

mayo 2021


Decreto (Poder Ejecutivo) 335/2021 – Procedimientos Administrativos - Suspensión del curso de plazos procedimentales.

A través del mencionado decreto se suspende el curso de los plazos procedimentales desde el día 26/5/2021 y hasta el 28/5/2021 inclusive. Se exceptúa de esta suspensión a los trámites administrativos relativos a la emergencia sanitaria.

Decreto (Poder Ejecutivo) 336/2021 – Ganancias. Trabajadores en relación de dependencia.

El Poder Ejecutivo reglamenta las modificaciones del impuesto a las ganancias para empleados en relación de dependencia, jubilados y pensionados. Aun se aguarda la reglamentación por parte la AFIP para poner en práctica los cambios.

Los puntos mas relevantes se detallan a continuación:

- La remuneración y/o haber bruto mensual abarca todos los importes que se perciban, ya sea en dinero o en especie, se encuentren o no sujetos a aportes y/o contribuciones, y se encuentren exentos o no en el impuesto.

- La nueva deducción aplicable a las remuneraciones y/o haberes brutos de hasta $ 150.000 mensuales que hace que la ganancia neta sujeta a impuesto sea igual a cero será computable en forma mensual.

- Se prevé que para que resulten procedentes las exenciones en concepto de bono por productividad, fallo de caja o sobre el SAC, se deberá realizar un promedio anual de la remuneración y/o haber bruto mensual. La exención aplicable al bono por productividad debe provenir de incrementos medibles de la producción y los fallos de caja comprenden las sumas que se paguen por el riesgo de reposición por faltantes de dinero o valores a aquellos sujetos que efectúan cobranzas o pagos de los mismos.

- Se hace responsable al agente de retención del adecuado cumplimiento de las normas del impuesto a las ganancias.

- Se establece que la deducción del conviviente procede una vez que la misma se encuentre registrada de conformidad con lo dispuesto en el Código Civil y Comercial. El cómputo de la deducción por hijo con discapacidad para el trabajo se aplica aunque tenga más de 18 años de edad.

- Con respecto a las exenciones aplicables al personal militar, se establece que se encuentran sujetos a exención los suplementos ya existentes al 21/4/2021 y no aquellos que se implementen con posterioridad a dicha fecha.

Decreto (Poder Ejecutivo) 337/2021 – Monotributo. Reglamentación de cambios en el régimen.

Asimismo, el Poder Ejecutivo reglamenta también los cambios al Régimen de Sostenimiento e Inclusión Fiscal para Pequeños Contribuyentes - Monotributo - y el procedimiento transitorio de acceso al Régimen General, facultando a la AFIP a establecer las modalidades, plazos y condiciones para instrumentar las presentes modificaciones y establecer los plazos adicionales para contemplar la situación de los monotributistas que superaron los parámetros vigentes a partir del 1/1/2021.

Aun la AFIP debe difundir los nuevos valores de las categorías para el año 2021 y también reglamentar a partir de cuándo se debe discriminar el IVA en las operaciones de venta de Responsables Inscriptos a Monotributistas.

Decreto (Poder Ejecutivo) 341/2021 – Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación. Reglamentación.

Se aprueba la reglamentación de la ley 27.614 de Financiamiento del Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación.

Resolución General (AFIP) 4996/2021 – Exclusión del Aporte Solidario de la suspensión de juicios de ejecución fiscal y traba de medidas cautelares.

A través de la mencionada resolución, AFIP establece que la suspensión de la iniciación de los juicios de ejecución fiscal y la traba de medidas cautelares no será de aplicación para las causas que se originen en el reclamo por el ingreso del Aporte Solidario.

Resolución General (AFIP) 4997/2021 – Aporte Solidario. Nuevo plan de facilidades de pago.

Se establece un nuevo plan de pagos para los contribuyentes del Aporte Solidario y Extraordinario que no registren un plan de facilidades de pago anterior por el mismo concepto, excepto que el mismo se encuentre anulado o rechazado, o que la deuda provenga de una fiscalización de AFIP y que la misma se encuentre conformada por el responsable.

La adhesión deberá realizarse hasta el 30/9/2021 y la deuda se podrá regularizar en hasta 2 cuotas mensuales y consecutivas, con un interés equivalente a la tasa de interés resarcitorio, e ingresando un pago a cuenta del 30% de la deuda consolidada.

Los planes podrán ser generales, para regularizar el saldo resultante de una declaración jurada, o planes por ajustes de fiscalización, para regularizar sumas adeudadas resultantes de la actividad fiscalizadora de la AFIP.

La presente resolución resulta de aplicación a partir del 26/5/2021, aunque el servicio “Mis Facilidades” se encontrará disponible según el siguiente detalle:

- Plan general: desde el 1/6/2021

- Plan por ajustes de fiscalización: desde el 25/6/2021

Resolución (AGIP) 752/2021 – Utilización de la “Nueva Cuenta Corriente Tributaria”.

A partir del 1/6/2021 y 1/8/2021 se incorporan nuevos sujetos del impuesto sobre los ingresos brutos al Sistema de Nueva Cuenta Corriente Tributaria de acuerdo a los anexos publicados en la mencionada resolución.

Resolución General (DGR Tucumán) 57/2021 – Sistema informático “Sellos liquidación WEB”.

Se incorpora a partir del 24/5/2021, inclusive, la liquidación de pagarés al Sistema informático denominado “Sellos Liquidación Web”, para la presentación de las declaraciones juradas del impuesto de sellos.

 

 

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