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Impuestos

Novedades Impositivas – 30/07/2020

julio 2020


Resolución General (AFIP) 4781/2020 - Procedimiento. Obligaciones incluidas en planes de facilidades de pago caducos al 30/04/2020. Resoluciones Generales Nros. 4.057, 4.166 y 4.268. Régimen de facilidades de pago

Mediante la presente Resolución General la Administración Federal de Ingresos Públicos dispuso que se podrá incluir obligaciones impositivas, aduaneras y de los recursos de la seguridad social, incluidas en los planes de facilidades de pago dispuestos por las Resoluciones Generales N° 4.057, N° 4.166 y N° 4.268, cuya caducidad haya operado hasta el día 30 de junio de 2020, inclusive, con sus respectivos intereses y multas.

La adhesión al presente régimen podrá efectuarse hasta el día 31 de agosto de 2020, inclusive.

Resolución General (AFIP) 4780/2020 - Empresas beneficiarias del Régimen de Promoción Industrial previsto por la Ley N° 22.021 y sus modificaciones. Prórroga del plazo de suspensión de ejecuciones fiscales

La Administración Federal de Ingresos Públicos dispuso extender la suspensión de ejecuciones fiscales por parte de este Organismo relacionadas con aquellas deudas de empresas beneficiarias del Régimen de Promoción Industrial, hasta el día 31 de diciembre de 2020.


Resolución General (AFIP) 4776/2020 – Extensión del plazo para uso obligatorio del servicio “Presentaciones Digitales”. Exención de registrar datos biométricos. Blanqueo de claves por medio de cajeros automáticos

Con fecha 30 de julio de 2020, la Administración Federal de Ingresos Públicos mediante la resolución general de referencia, dispuso prorrogar hasta el 31 de agosto de 2020 la utilización obligatoria del servicio con clave fiscal denominado “Presentaciones Digitales.

A su vez, se exime a los contribuyentes y responsables, hasta el día 31 de agosto de 2020 inclusive, de la obligación de registrar los datos biométricos conforme a lo previsto en el Artículo 3° de la Resolución General N° 2.811, su modificatoria y su complementaria, ante las dependencias en las que se encuentren inscriptos, a fin de permitir la realización de las transacciones digitales que así lo requieran.

Por último, se estableció que hasta el 31 de agosto de 2020 a los contribuyentes y/o responsables que efectúen el blanqueo de la Clave Fiscal por medio de los cajeros automáticos habilitados por las entidades bancarias se les asignará el Nivel de Seguridad 3, cuando previamente se les hubiera otorgado un nivel de seguridad inferior.

Resolución General (AFIP) 4777/2020 – Impuesto al valor agregado – Nueva versión del aplicativo

Mediante la resolución general de referencia, se estableció que Los contribuyentes y/o responsables del impuesto al valor agregado alcanzados por las disposiciones de la Resolución General N° 715 y sus complementarias, a efectos de cumplir con las obligaciones de determinación e ingreso del tributo, deberán utilizar, en sustitución de la versión vigente, el programa aplicativo denominado “I.V.A. - Versión 5.6”.

Las novedades, características y funciones serán replicadas en el “F.2002 IVA por Actividad” del servicio con Clave Fiscal “Mis Aplicaciones Web”.

Las disposiciones de esta Resolución General entran en vigencia a partir del 31/07/2020.

Resolución General (AFIP) 4778/2020 – Impuesto al valor agregado – Régimen Especial de compensación por venta de bienes de primera necesidad

En base al decreto 418/2020 del Poder Ejecutivo en el cual se incorporaba un régimen especial de compensación para quienes efectúen ventas de determinados alimentos lácteos de primera necesidad, mediante la resolución de referencia se establece el procedimiento que deberán llevar a cabo los beneficiarios de dicho régimen y los datos correspondientes que deberán suministrar a través de la AFIP a la Secretaria de Comercio interior para que permitan proceder al cálculo de la citada compensación.

A su vez, dichas presentaciones pueden ser realizadas una sola vez por cada período fiscal de IVA en cuyas declaraciones juradas del impuesto deberá suministrarse información adicional sobre el crédito fiscal de los productos sujetos a beneficio.

Decreto (Poder Ejecutivo) 604/2020 – Procedimiento Fiscal – Moratoria para MiPymes. Prorroga en la adhesión

Por medio del Decreto de referencia, se extiende el plazo para adherirse a la moratoria para las micro, pequeñas y medianas empresas establecida en el marco de la ley de solidaridad social y reactivación productiva hasta el 31 de agosto de 2020.

En el caso de adherirse desde el 1 al 31 de agosto 2020, ambas fechas inclusive, la primera cuota vencerá el 16 de septiembre de 2020.

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